
Resolución SRT 48/2025: Qué exige a las plataformas de capacitación en seguridad laboral
¿Tu plataforma de capacitación emite certificados con código QR verificable? Si la respuesta es no, podrías tener un problema. La Resolución SRT 48/2025 cambió las reglas del juego para las plataformas de capacitación en seguridad laboral.
Esta normativa no solo afecta a los prestadores tecnológicos: si tu empresa usa una plataforma digital para cumplir con las obligaciones de capacitación, esa plataforma debe cumplir requisitos técnicos específicos. Y no todas lo hacen.
¿Qué es el "Ecosistema Prevención 4.0"?
La Resolución SRT 48/2025, publicada el 4 de noviembre de 2025 en el Boletín Oficial, crea el "Ecosistema Prevención 4.0": un marco normativo que regula el uso de tecnologías avanzadas para cumplir obligaciones del Sistema de Riesgos del Trabajo.
Según el Artículo 1° de la resolución:
"Empleadores, Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), ART-Mutuales y Empleadores Autoasegurados podrán dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el Sistema de Riesgos del Trabajo mediante la utilización de herramientas tecnológicas 4.0 que satisfagan las pautas establecidas en el Anexo."
La palabra clave es "que satisfagan las pautas". No cualquier plataforma sirve: debe cumplir requisitos técnicos específicos.
¿A quiénes aplica esta normativa?
El Artículo 2° es claro: las previsiones son de cumplimiento obligatorio para todo sujeto que opere dentro del Ecosistema Prevención 4.0.
Esto incluye a los Prestadores de Soluciones 4.0, definidos en el Anexo 1.3 como:
"Entidades, empresas o áreas de empresas, especializadas en el desarrollo y/o implementación de soluciones tecnológicas avanzadas (...) con el objetivo de proteger la salud y seguridad de los trabajadores."
En otras palabras: las plataformas de capacitación en seguridad laboral son Prestadores de Soluciones 4.0 y deben cumplir con la normativa.
Los 11 requisitos técnicos: visión general
Antes de entrar en detalle, acá tenés un resumen de lo que exige la normativa:
- Seguridad: Almacenamiento cifrado (4.1) + Datos biométricos protegidos (4.10)
- Trazabilidad: Historial completo (4.2) + Registros auditables (4.8)
- Verificabilidad: Códigos QR públicos (4.5) + Certificaciones (4.11)
- Acceso: Disponibilidad 24/7 (4.3) + Portabilidad (4.4) + Omnicanalidad (4.6)
- Integración: Interoperabilidad (4.7) + Autocontrol (4.9)
Veamos cada requisito en detalle:
4.1. Almacenamiento seguro
La información debe almacenarse "de forma segura, ya sea en la nube o en servidores propios, garantizando la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los datos".
No alcanza con guardar archivos en cualquier servidor. Se requieren protocolos de seguridad informática.
4.2. Trazabilidad
Debe asegurarse "la trazabilidad completa de la información generada y gestionada, permitiendo reconstruir el historial de las acciones y eventos relevantes".
La normativa menciona específicamente:
- Identificadores únicos para cada trámite o proceso
- Cadena de custodia digital para documentos electrónicos
- Opcionalmente, tecnologías como blockchain para registros críticos
4.3. Disponibilidad
Los datos "deberán ser accesibles en todo momento para los usuarios autorizados y los órganos de control".
Si la información no está disponible para una auditoría, el responsable debe acreditar cumplimiento por medios alternativos (copias de seguridad certificadas, logs de actividad, etc.).
4.4. Portabilidad
Los usuarios deben poder recuperar sus datos en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica.
Esto significa que si una empresa cambia de proveedor, debe poder llevarse su historial de capacitaciones.
4.5. Accesibilidad y códigos QR verificables
Este punto es clave. La normativa exige que:
"Los códigos de respuesta rápida (QR) que se pongan a disposición de los actores del ecosistema (...) deberán permitir el acceso a la información que permita visualizar el cumplimiento de las cargas que en cada caso corresponda."
Tanto los certificados de capacitación como los registros de capacitación deben incluir QR verificables públicamente.
4.6. Omnicanalidad
Deben preverse diferentes canales para la interacción de los operadores y con órganos de control.
4.7. Interoperabilidad
Las herramientas deben garantizar la interoperabilidad con otros sistemas y plataformas, tanto públicos como privados.
4.8. Auditoría
Las plataformas deben permitir la auditoría de la información por parte de los agentes de control. Esto incluye:
- Registro de eventos inalterable con marca de tiempo
- Acceso a registros por personas autorizadas
- Posibilidad de auditorías externas
4.9. Autocontrol
El prestador debe prever mecanismos de validación automática: detección de inconsistencias, indicadores de gestión y alertas sobre cumplimiento.
4.10. Datos biométricos
Si se usan datos biométricos (como reconocimiento facial para verificar identidad), se requiere:
- Cumplimiento de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales
- Consentimiento expreso de los titulares
- Medidas de seguridad de nivel superior
4.11. Certificaciones
Los prestadores deben acreditar cumplimiento mediante certificaciones expedidas por entidades reconocidas a nivel nacional o internacional.
Responsable de Estándares obligatorio
El Artículo 5° establece que todo prestador de soluciones 4.0 debe contar con un Responsable de Estándares, encargado de:
- Cumplimiento normativo: Asegurar que la organización cumpla con todas las normas (Anexo 3.2.1)
- Gestión de riesgos: Identificar, evaluar y mitigar riesgos tecnológicos (Anexo 3.2.2)
- Políticas internas: Crear y mantener procedimientos de cumplimiento (Anexo 3.2.3)
- Controles y auditorías: Diseñar controles internos y autoevaluaciones (Anexo 3.2.4)
- Capacitación: Programas de formación sobre las herramientas tecnológicas (Anexo 3.2.5)
- Reportes: Informar hallazgos e incidentes al usuario (Anexo 3.2.6)
Protección de derechos de trabajadores
El Artículo 8° establece que la implementación de soluciones 4.0 debe satisfacer exigencias ético-jurídicas para preservar:
- La identidad del trabajador
- Su privacidad
- El consentimiento informado
- Todo derecho subjetivo comprometido
¿Qué NO establece la SRT 48/2025?
Es importante aclarar qué no regula esta resolución para evitar confusiones:
| Tema | ¿Lo establece la 48/2025? | ¿Dónde se regula? |
|---|---|---|
| Contenidos mínimos de capacitación | NO | Res. SRT 905/2015 (Anexo I, punto 15) |
| Constancias digitales de capacitación | NO (solo pautas técnicas) | Disp. SRT 2/2021 (Art. 2) |
| Sanciones específicas | NO | Régimen sancionatorio general de la Ley 24.557 |
| Plazos de adecuación | NO (vigencia inmediata) | Art. 10: vigente desde publicación en BO |
Un ejemplo concreto: ¿por qué importa la trazabilidad?
Imaginá este escenario:
Situación: Un empleado sufre un accidente manipulando maquinaria. La ART investiga y pregunta: "¿Este trabajador fue capacitado en el uso seguro de este equipo?"
Con una plataforma conforme:
- Mostrás el certificado con QR verificable
- La ART escanea y ve: fecha, contenido, evaluación aprobada, firma del profesional de seguridad
- Exportás el historial completo del empleado con todos sus cursos
- El audit log muestra cuándo completó cada módulo
Con una plataforma que no cumple:
- Tenés un PDF genérico sin verificación
- No podés demostrar cuándo ni cómo se capacitó
- No hay registro de evaluación
- La documentación puede ser cuestionada
La diferencia puede determinar la responsabilidad del empleador ante un siniestro.
¿Cómo verificar si tu plataforma cumple?
Antes de contratar o continuar con una plataforma de capacitación, verificá estos puntos:
| Requisito SRT 48/2025 | Pregunta para tu proveedor |
|---|---|
| Certificados verificables (4.5) | ¿Los certificados incluyen código QR que cualquiera puede verificar públicamente? |
| Registros verificables (4.5) | ¿Los registros de capacitación también tienen QR verificable, no solo los certificados? |
| Trazabilidad (4.2) | ¿Puedo ver el historial completo de capacitaciones de cada empleado con fechas y resultados? |
| Auditoría (4.8) | ¿Tienen registro de eventos con marca de tiempo? ¿Puedo exportar reportes para auditorías? |
| Portabilidad (4.4) | ¿Puedo exportar todos mis datos en formato estándar si cambio de proveedor? |
| Seguridad (4.1, 4.10) | ¿Cumplen con ISO 27001 o estándares equivalentes? ¿Cómo protegen los datos personales? |
| Responsable de Estándares (Art. 5) | ¿Tienen designado formalmente un Responsable de Estándares? |
| Certificaciones (4.11) | ¿Pueden mostrar certificaciones de entidades reconocidas? |
Por qué importa elegir una plataforma conforme
La SRT 48/2025 no es opcional para quienes operan en el Ecosistema 4.0. Si usás tecnología para cumplir obligaciones de capacitación, esa tecnología debe cumplir con las pautas.
Elegir una plataforma que no cumpla puede significar:
- Certificados sin validez probatoria: Si no son verificables, pueden ser cuestionados en una auditoría o juicio laboral
- Pérdida de información: Sin trazabilidad ni respaldo adecuado, podés perder el historial de capacitaciones
- Riesgo ante la SRT: En una inspección, no poder demostrar cumplimiento con documentación auditable
- Exposición en caso de accidente: Sin registros verificables, es más difícil probar que el trabajador fue capacitado
Cómo cumple TuCapacitador.com con la SRT 48/2025
Nuestra plataforma fue diseñada considerando los requisitos del Ecosistema Prevención 4.0:
| Requisito | Cómo lo cumplimos |
|---|---|
| Certificados verificables (4.5) | Todos los certificados incluyen código QR verificable en /verificar |
| Registros verificables (4.5) | Los registros de capacitación también tienen QR en /verificar/registro |
| Trazabilidad (4.2) | Historial completo por empleado: cursos, fechas, evaluaciones, intentos, módulos completados |
| Almacenamiento seguro (4.1) | PostgreSQL cifrado + Vercel con certificación SOC 2 |
| Auditoría (4.8) | Audit log completo de todas las acciones con marca de tiempo, exportable |
| Portabilidad (4.4) | Exportación de datos en formatos estándar (CSV, Excel) por empleado o empresa completa |
| Seguridad ISO 27001 (4.1) | Controles alineados: 2FA (TOTP o Email), cifrado, rate limiting, timeout de sesión, bloqueo tras intentos fallidos |
| Responsable de Estándares (Art. 5) | Designado formalmente, ver /cumplimiento |
| Protección de datos (Art. 8) | Cumplimiento Ley 25.326, consentimientos registrados con historial |
| Firma profesional | Certificados firmados por profesional de Seguridad e Higiene con matrícula verificable |
Podés ver nuestra declaración completa de cumplimiento en tucapacitador.com/cumplimiento.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entró en vigencia la SRT 48/2025?
A partir de su publicación en el Boletín Oficial el 4 de noviembre de 2025 (Art. 10).
¿Mi empresa está obligada a cumplir?
Si usás tecnología 4.0 para cumplir obligaciones del Sistema de Riesgos del Trabajo, sí. Si seguís usando métodos tradicionales (papel, presencial), aplica la normativa vigente anterior.
¿Qué pasa si mi plataforma no cumple?
Tus certificados y registros podrían no tener validez probatoria en una auditoría o juicio laboral. La normativa no establece sanciones específicas, pero el riesgo está en la falta de respaldo documental ante un siniestro.
¿Los certificados digitales son válidos legalmente?
Sí, siempre que cumplan con los requisitos del Ecosistema 4.0 (verificables, trazables, auditables). La Disposición SRT 2/2021 ya había habilitado las constancias digitales de capacitación.
¿Dónde puedo leer la resolución completa?
En el Boletín Oficial: RESOL-2025-48-APN-SRT#MCH, publicada el 04/11/2025. También podés consultar el texto en argentina.gob.ar/srt.
Conclusión
La Resolución SRT 48/2025 eleva el estándar para las plataformas de capacitación en seguridad laboral. Ya no alcanza con "tener una plataforma online": debe cumplir requisitos técnicos específicos de trazabilidad, auditoría, seguridad y verificabilidad.
Antes de elegir o renovar con tu proveedor actual, verificá que cumpla con las pautas del Ecosistema Prevención 4.0. Tu documentación de capacitación debe ser tan sólida como la capacitación misma.
Referencias
- Resolución SRT 48/2025 - RESOL-2025-48-APN-SRT#MCH (BO 04/11/2025)
- Resolución SRT 905/2015 - Funciones de Servicios de HyST y Medicina del Trabajo
- Disposición SRT 2/2021 - Constancias digitales de capacitación y EPP
- Ley 24.557 - Riesgos del Trabajo
- Ley 25.326 - Protección de Datos Personales